Corrección de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan subvenciones para la exhibición de obras cinematográficas en salas de cine de la Comunitat Valenciana, 2025-2026
Corrección de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan subvenciones para la exhibición de obras cinematográficas en salas de cine de la Comunitat Valenciana, 2025-2026Único. Objeto de la corrección de errores
Se sustituye el texto del resuelvo segundo, apartado primero, que pasa a indicar lo siguiente respecto a la cuantía de estas ayudas:
«1. A la financiación de las ayudas que se prevén en esta resolución se destinan 1.087.797,62 euros, procedentes de la ayuda recibida del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), para ayuda a salas cinematográficas, con cargo a la aplicación presupuestaria de la sección G0118, entidad 016, capítulo 4, línea de subvención S0969, 'Fomento de actividades audiovisuales'.
De este importe, la totalidad de los 1.087.797,62 euros irán a cargo del presupuesto 2026.
La presente convocatoria se aprueba de acuerdo con la tramitación anticipada de expedientes de gastos previsto en el artículo 41 de la LHIS, que establece que esta tramitación anticipada podrá llegar, como máximo, al momento inmediato anterior a la adquisición del compromiso de gasto y que su resolución queda condicionada en la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente una vez se apruebe el presupuesto de la Generalitat correspondiente al ejercicio en el que se tenga que realizar el gasto».
Por otro lado, se sustituyen todas las referencias que se hacen en el resuelvo segundo, apartado cuarto respecto a la cuantía total del importe de ayudas para salas de cine, que queda redactados los primeros seis párrafos:
«4. La cuantía final de las ayudas se calculará a partir de la siguiente fórmula: La cuantía total del importe de las ayudas para salas de cine es de 1.087.797,62 €. De este importe se generarán inicialmente dos cantidades a repartir entre dos bloques:
a) Una cantidad se asignará a los cines que dispongan de una a tres salas (bloque A). Dicha cantidad coincidirá con el mayor de los dos porcentajes que se citan a continuación:
– El 6,5 %, de la cantidad total, 1.087.797,62 €,
– o el porcentaje que representa el sumatorio de las salas de esta tipología de cines con respecto al sumatorio total de salas del conjunto de todos los solicitantes que superen los 50 puntos en los criterios de valoración.
b) Otra cantidad se repartirá entre los cines de más de tres salas (bloque B), que se obtendrá de restar a 1.087.797,62 € la cantidad obtenida en la letra A), anterior»